Artículo 4. Evaluación.
Artículo 4 de la Ley 15/2016, de 28 de julio, del Plan gallego de estadística 2017-2021. · BOE-A-2016-8275
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-01-01.
Texto consolidado
El Instituto Gallego de Estadística elaborará un informe de evaluación del PGE, que someterá a consideración del Consejo Gallego de Estadística y pondrá en conocimiento del Parlamento mediante una comparecencia específica.