Artículo 4
Artículo 4 de la Ley 12/1984, de 27 de diciembre, de imposición sobre juegos de suerte, envite o azar. · BOE-A-1985-2104
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-12-29.
Texto consolidado
La gestión del recargo se llevará a cabo conjuntamente con la de la tasa, en la forma prevista en la legislación estatal vigente.