Artículo 4. Creación del Fondo.
Artículo 4 de la Ley 11/2022, de 29 de diciembre, de mejoramiento urbano, ambiental y social de los barrios y villas. · BOE-A-2023-3125
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-12-31.
Texto consolidado
Se crea el Fondo de Recuperación Urbana, Ambiental y Social de Barrios y Villas de Atención Especial para llevar a cabo actuaciones de mejoramiento de las condiciones de vida de la población en los barrios, villas y áreas urbanas que, por sus características sociales, económicas y ambientales, se identifican como áreas de atención especial de acuerdo con los criterios fijados por la presente ley.