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Ley Vigente

Artículo 4. Exclusiones.

Artículo 4 de la Ley 11/2005, de 28 de diciembre, reguladora de los espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón. · BOE-A-2006-1246

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-01-20.

Texto consolidado

1. Quedan excluidos del ámbito de aplicación a esta Ley los actos o celebraciones privadas, de carácter fami­liar o social, que no estén abiertos a pública concurrencia y los que supongan el ejercicio de los derechos funda­mentales consagrados en la Constitución.

2. Las actividades excluidas de esta Ley deberán cumplir con lo establecido en la legislación de protec­ción de la seguridad ciudadana y, en todo caso, los recin­tos, locales y establecimientos donde se realicen dichas actividades deberán reunir las condiciones de seguridad y de tipo técnico exigidas en esta Ley, en sus reglamen­tos de desarrollo y aplicación y en la normativa técnica específica.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-01-20.

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