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Ley Vigente

Artículo 4.

Artículo 4 de la Ley 10/1986, de 7 de noviembre, reguladora de la Demarcación Territorial de los Concejos del Principado de Asturias. · BOE-A-1986-32671

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-12-08.

Texto consolidado

La creación de nuevos Concejos sólo podrá realizarse sobre la base de núcleos de población territorialmente diferenciados y siempre que resulten con recursos suficientes para el cumplimiento de las competencias municipales y no suponga disminución en la calidad de los recursos prestados a la población afectada.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1986-12-08.

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