Artículo 4. Creación y naturaleza.
Artículo 4 de la Ley 1/2018, de 8 de febrero, de diálogo social y participación institucional en Aragón. · BOE-A-2018-5002
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-02-22.
Texto consolidado
Se crea la Mesa del Diálogo Social de Aragón como máximo órgano de encuentro, negociación y participación institucional permanente. Su carácter será paritario y tripartito y estará constituida por representantes del Gobierno de Aragón y las organizaciones sindicales y empresariales más representativas en Aragón.
La Mesa del Diálogo Social de Aragón impulsará la concertación socioeconómica y la participación institucional en los términos recogidos en la presente ley y quedará adscrita al departamento que ostente en cada momento las competencias en materia laboral, careciendo de personalidad jurídica propia.
Su composición y funcionamiento serán desarrollados mediante reglamento de régimen interno.