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Ley Vigente

Artículo 4. Capital social.

Artículo 4 de la Ley 1/2008, de 17 de abril, de creación de la Empresa Pública de Gestión de Suelo de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2008-13683

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-04-29.

Texto consolidado

1. El capital social inicial de la empresa pública que se fija en cuatrocientos mil euros, será totalmente desembolsado por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha al tiempo del otorgamiento de la escritura pública de constitución.

2. La participación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en el capital social no podrá ser inferior, en ningún momento, al cincuenta y uno por ciento, pudiendo participar, en su caso, en el capital restante, otras administraciones y organismos, empresas o entidades del sector público regional.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-04-29.

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