Artículo 4. Adscripción y Capital Social.
Artículo 4 de la Ley 1/2004, de 19 de febrero, de creación de la Empresa Pública "Gestión de Infraestructuras, Suelo y Vivienda de Extremadura". · BOE-A-2004-5194
Atención: Ley 1/2004 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. La empresa «Gestión de Infraestructuras, Suelo y Vivienda de Extremadura» estará adscrita a la Consejería de Fomento y tendrá personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de su objeto social.
2. El capital inicial de la Sociedad se fija en trescientos mil euros, que será totalmente suscrito por la Junta de Extremadura al tiempo de otorgamiento de la escritura de constitución.