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Decreto-ley Foral Vigente

Artículo 4. Convenios suscritos para la ejecución de proyectos con cargo a fondos europeos.

Artículo 4 del Decreto-ley Foral 4/2021, de 14 de abril, por el que se aprueban medidas urgentes para la gestión y ejecución de las actuaciones financiables con fondos europeos provenientes del Instrumento Europeo de Recuperación. · BOE-A-2021-9240

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-04-23.

Texto consolidado

La tramitación de los convenios que celebre la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, sus organismos públicos y entidades de derecho público, vinculados o dependientes, para la ejecución de los proyectos con cargo a los fondos europeos provenientes del Instrumento Europeo de Recuperación se regirá por lo previsto en el capítulo II del título V de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, con la especialidad de que la elaboración de la memoria justificativa, económica y normativa, contemplada en el artículo 90, podrá ser elaborada con posterioridad a la aprobación del convenio.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-04-23.

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