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Decreto Legislativo Derogada

Artículo 4. Bienes y derechos de dominio público.

Artículo 4 del Decreto Legislativo 4/2013, de 17 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Patrimonio de Aragón. · BOA-d-2013-90260

Atención: Decreto Legislativo 4/2013 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Son bienes y derechos de dominio público del patrimonio de Aragón aquellos que, siendo de la titularidad de alguna de las entidades señaladas en el artículo 2 de esta ley:

a) Se encuentren afectados al uso general o al servicio público.

b) Una ley les otorgue expresamente tal carácter.

c) Se destinen a servicios, oficinas o dependencias de sus órganos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-01-01.

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