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Decreto Legislativo Vigente

Artículo 4. Deberes de conservación.

Artículo 4 del Decreto Legislativo 1/2015, de 29 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Espacios Protegidos de Aragón. · BOA-d-2015-90531

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-08-07.

Texto consolidado

1. Todos tienen el deber de respetar y conservar los espacios naturales protegidos y la obligación de reparar el daño que causen.

2. Todas las Administraciones, en el ámbito de sus competencias, asegurarán el mantenimiento, la protección, preservación y restauración de los recursos naturales, con independencia de su titularidad o régimen jurídico, garantizando que la gestión de aquellos se produzca sin merma de su potencialidad y compatibilidad con los fines de su conservación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-08-07.

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