Artículo 4. Hecho imponible.
Artículo 4 del Decreto Legislativo 1/2014, de 23 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales del Principado de Asturias en materia de tributos propios. · BOE-A-2015-944
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-01-01.
Texto consolidado
Constituye el hecho imponible del impuesto la infrautilización de las fincas o explotaciones agrarias por no alcanzar en el período impositivo el rendimiento óptimo fijado para cada zona por el Consejo de Gobierno.