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Decreto Legislativo Vigente 2 redacciones

Artículo 4.3-6. Bonificaciones.

Artículo 4.3-6 del Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña. · DOGC-f-2008-90017

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-05-01.

Texto consolidado

El importe de las tasas por los servicios a los que se refiere el apartado 2.1 del artículo 4.3-5 se reduce en un 30 % en caso de que las personas interesadas presenten la solicitud de extensión de la documentación sanitaria de traslado, por los medios telemáticos específicos establecidos por el departamento competente en materia de ganadería y sanidad animal, y en un 50 % si la tramitación la llevan a cabo los veterinarios habilitados para hacerlo o si la tramitación la realizan directamente los ganaderos telemáticamente para el traslado de ganado a otras comunidades autónomas con las que se haya acordado esta posibilidad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-05-01.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2020-5569.

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