Artículo 396.
Artículo 396 del Real Decreto 1201/1981, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario. · BOE-A-1981-14095
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1981-07-23.
Texto consolidado
El Fondo Especial de Compensación de Economatos tendrá por misión atender las necesidades excepcionales que se produzcan en los de cualquier Centro. El importe de este Fondo se mantendrá en el propio Economato a disposición del Centro Directivo.