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Real Decreto Vigente

Artículo 39. Identificación.

Artículo 39 del Real Decreto 176/2022, de 4 de marzo, por el que se aprueba el Código de Conducta del personal de la Guardia Civil. · BOE-A-2022-3477

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-03-25.

Texto consolidado

1. Tendrán la obligación de identificarse cuando se encuentren desempeñando sus funciones y así lo requieran las autoridades y la ciudadanía.

2. La obligación de identificarse únicamente podrá obviarse cuando la propia naturaleza de las misiones encomendadas, o la concurrencia de determinados factores, pongan en peligro la misión o la seguridad propia del personal de la Guardia Civil o de terceras personas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-03-25.

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