Artículo 39. Facturación.
Artículo 39 del Real Decreto 1184/2020, de 29 de diciembre, por el que se establecen las metodologías de cálculo de los cargos del sistema gasista, de las retribuciones reguladas de los almacenamientos subterráneos básicos y de los cánones aplicados por su uso. · BOE-A-2020-17279
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-01.
Texto consolidado
1. La facturación de los cánones será realizada por el Gestor Técnico del Sistema, con periodicidad mensual, en función de la capacidad contratada con independencia de su utilización, excepto en el caso de la facturación de la inyección y la extracción de productos agregados, en los que solo se facturará la capacidad asignada, conforme a las siguientes fórmulas:
a. En el caso de contratos de duración anual, trimestral, mensual o diaria:
Donde:
‒ Fs, t: Facturación correspondiente al servicio s, y duración t (anual, trimestral, mensual o diaria), expresado en euros, con dos decimales.
‒ Qs,t: Capacidad contratada correspondiente al servicio s y duración t (anual, trimestral, mensual o diaria), expresada en en kWh/día.
‒ Ms,t: Multiplicador aplicable al servicio s, y duración t (anual, trimestral, mensual o diaria). Para los contratos anuales se considerará un multiplicador de 1.
‒ Cs: Canon correspondiente al servicio s, en €/(kWh/día)/año.
‒ D: Número de días del contrato que pertenecen al mes del servicio que se está facturando.
En el caso de años bisiestos se sustituirá la cifra de 365 por 366.
b. En el caso de contratos de duración intradiaria:
Donde:
‒ Fs: Facturación correspondiente al servicio s, expresado en euros, con dos decimales.
‒ Qs: Capacidad contratada correspondiente al servicio s, expresada en en kWh/día.
‒ Ms: Multiplicador intradiario aplicable al servicio s.
‒ Cs: Canon correspondiente al servicio s, en €/(kWh/día)/año.
‒ H: Duración del contrato expresado en horas.
En el caso de años bisiestos se sustituirá la cifra de 8.760 por 8.784.
2. A las cantidades anteriores se le restará, en su caso, la compensación por interrumpibilidad derivada de las interrupciones ejecutadas en el mes.
Más artículos de Real Decreto 1184/2020
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- Ver la norma completa: Real Decreto 1184/2020, de 29 de diciembre, por el que se establecen las metodologías de cálculo de los cargos del sistema gasista, de las retribuciones reguladas de los almacenamientos subterráneos básicos y de los cánones aplicados por su uso.