Artículo 39. Cursos.
Artículo 39 del Real Decreto 101/2014, de 21 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia de Ciencias Veterinarias de España. · BOE-A-2014-2599
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-03-12.
Texto consolidado
1. A propuesta de las diferentes Secciones y de las distintas Comisiones que la integran, la Real Academia de Ciencias Veterinarias de España podrá organizar cursos de interés científico, técnico y académico, destinados al perfeccionamiento y difusión de las Ciencias Veterinarias y afines, particularmente en la modalidad virtual desde el seno de su página Web, previa aprobación por la Junta de Gobierno.
2. La celebración de actos no organizados en exclusiva por la Real Academia deberá ser autorizada por la Junta de Gobierno.