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Orden Vigencia agotada

Artículo 39. Cotización en la situación de pluriempleo.

Artículo 39 de la Orden PCM/74/2023, de 30 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2023. · BOE-A-2023-2472

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-02-01.

Texto consolidado

Cuando el trabajador preste sus servicios en dos o más empresas en régimen de contratación a tiempo parcial, cada una de ellas cotizará en razón de la remuneración que le abone. Si la suma de las retribuciones percibidas sobrepasase el tope máximo de cotización a la Seguridad Social, este se distribuirá en proporción a las abonadas al trabajador en cada una de las empresas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-02-01.

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