Artículo 39. Comisiones de valoración de movilidad voluntaria.
Artículo 39 de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de personal estatutario de instituciones sanitarias de la Comunidad Autónoma de Cantabria. · BOE-A-2011-1142
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-01-28.
Texto consolidado
En las convocatorias de movilidad voluntaria podrán preverse comisiones de valoración cuando las bases así lo hayan establecido para una adecuada valoración de méritos.