Artículo 39. Modificación del capítulo tercero del texto articulado de las tasas aplicables por Puertos de la Generalidad.
Artículo 39 de la Ley 7/2011, de 27 de julio, de Medidas Fiscales y Financieras. · BOE-A-2011-13896
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-07-30.
Texto consolidado
Se añade un inciso al final del segundo párrafo del apartado 1 del artículo 77 del texto articulado aprobado por el Decreto legislativo 2/2010, con el siguiente texto:
«[...] y si dispone de muerto para la atracada, deben incrementarse en 0,036 euros.»
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