Artículo 39. Prescripción de las sanciones.
Artículo 39 de la Ley 6/2024, de 27 de diciembre, de estadística de Galicia. · BOE-A-2025-2146
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-01-28.
Texto consolidado
1. Las sanciones impuestas por infracciones leves prescribirán al año, las impuestas por infracciones graves prescribirán a los dos años y las impuestas por infracciones muy graves prescribirán a los tres años.
2. En lo que corresponde al plazo de prescripción de las sanciones, se estará a lo dispuesto en el artículo 30.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.