Artículo 39. Promoción artística y cultural.
Artículo 39 de la Ley 6/2007, de 4 de abril, de Juventud de la Región de Murcia. · BOE-A-2008-12528
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-06-22.
Texto consolidado
1. El Instituto de la Juventud de la Región de Murcia, promoverá las condiciones que faciliten el uso por parte de la población joven de las instalaciones y equipamientos de carácter social destinados al fomento, promoción y difusión de la actividad cultural o artística.
2. Asimismo, en cooperación con las corporaciones locales, promoverá:
La creación artística y cultural por parte de la población joven.
La participación de jóvenes creadores en iniciativas culturales y artísticas dirigidas a la población joven.
La difusión del arte y la cultura emergentes entre la población joven.
La colaboración con entidades privadas en actuaciones culturales dirigidas a la población joven.
Acciones que supongan ayudas económicas para jóvenes artistas.
Actividades formativas de jóvenes artistas.
El fomento de la formación cultural entre la población joven, con el objetivo de afianzar y arraigar hábitos culturales en la misma.