Artículo 39. Obligaciones de comunicación y registro de los representantes designados.
Artículo 39 de la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario. · BOE-A-2019-3814
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-06-16.
Texto consolidado
Los intermediarios de crédito inmobiliario comunicarán al registro correspondiente conforme a lo previsto en el artículo 28 sus representantes designados y sus establecimientos, con la finalidad de ser inscritos en tal registro.
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- Ver la norma completa: Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario.