Artículo 39. Elaboración del Plan de disposición de fondos.
Artículo 39 de la Ley 5/2010, de 27 de diciembre, de medidas extraordinarias para la sostenibilidad de las finanzas públicas. · BOE-A-2011-10541
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-01-01.
Texto consolidado
La Dirección General de Presupuestos y Finanzas elaborará un plan de disposición fondos del tesoro público regional en términos análogos a lo establecido para la administración local en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y disposiciones de desarrollo. Lo someterá a la aprobación del Consejo de Gobierno antes del 30 de marzo de 2011.
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