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Ley Vigente

Artículo 39. Determinación inicial de las pensiones no contributivas de la Seguridad Social.

Artículo 39 de la Ley 49/1998, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1999. · BOE-A-1998-30154

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-01-01.

Texto consolidado

Para 1999, la cuantía de las pensiones de jubilación e invalidez de la Seguridad Social, en su modalidad no contributiva, se fijará en 531.370 pesetas íntegras anuales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-01-01.

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