Artículo 39. Principios de la organización territorial.
Artículo 39 de la Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Illes Balears. · BOE-A-2009-11186
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-08-18.
Texto consolidado
1. Los servicios sociales se organizan territorialmente de acuerdo con los siguientes principios:
a) Descentralización.
b) Desconcentración.
c) Proximidad a la ciudadanía.
d) Eficacia en el cumplimiento y la satisfacción de las necesidades sociales.
e) Eficiencia en el uso de los recursos públicos.
f) Equilibrio y equidad territorial.
g) Accesibilidad a la información y a los servicios sociales.
h) Coordinación y trabajo en red.
2. La organización territorial de los servicios sociales se establece en el plan estratégico de servicios sociales que apruebe el Gobierno de las Illes Balears, en los planes estratégicos insulares y en los planes municipales.