Artículo 39. Recaudación y Gestión.
Artículo 39 de la Ley 3/1981, de 12 de febrero, sobre Centros de Contratación de Cargas en Transporte Terrestre de Mercancías. · BOE-A-2012-5923
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1982-05-04.
Texto consolidado
La recaudación y gestión de la tasa así como todos aquellos aspectos derivados de la misma y no regulados en la presente Ley, se realizará conforme a lo dispuesto para los Organismos Autónomos en la Legislación vigente.