Artículo 39. Medidas para promover la participación de la sociedad española en la cooperación para el desarrollo.
Artículo 39 de la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo. · BOE-A-1998-16303
Atención: Ley 23/1998 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Las Administraciones públicas, dentro del ámbito de sus respectivas competencias y con cargo a sus presupuestos ordinarios, promoverán por sí mismas o en colaboración con los agentes sociales descritos en el artículo 31 de la presente Ley, el fomento del voluntariado y la participación de la sociedad española en las iniciativas a favor de los países en desarrollo, así como la conciencia de la solidaridad y cooperación activa con los mismos por vía de campañas de divulgación, servicios de información, programas formativos y demás medios que se estimen apropiados para tal fin.