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Ley Vigente

Artículo 39. Registro del Patrimonio Musical Valenciano.

Artículo 39 de la Ley 2/1998, de 12 de mayo, Valenciana de la Música. · BOE-A-1998-13361

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-05-15.

Texto consolidado

Los bienes, actividades y entidades constitutivos del patrimonio musical valenciano serán inscritos en un registro específico, dependiente de la Consejería de Cultura, Educación y Ciencia, cuya organización, funcionamiento y régimen de acceso al mismo se determinarán por vía reglamentaria.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-05-15.

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