Artículo 39. El consejo rector.
Artículo 39 de la Ley 18/2002, de 5 de julio, de Cooperativas. · BOE-A-2002-15191
Atención: Ley 18/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El consejo rector es el órgano de representación y gobierno de la sociedad, que gestiona la empresa y ejerce, cuando procede, el control permanente y directo de la gestión de la dirección. En cualquier caso, tiene competencia para establecer las directrices generales de actuación, con subordinación a la política fijada por la asamblea general, y para llevar a cabo el resto de actos que le atribuyen la presente Ley, los reglamentos y los estatutos sociales.