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Ley Vigente

Artículo 39. Modificación del artículo 142 del texto único de la Ley del deporte.

Artículo 39 de la Ley 10/2011, de 29 de diciembre, de simplificación y mejora de la regulación normativa. · BOE-A-2012-547

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-12-31.

Texto consolidado

Se modifica el artículo 142 del texto único de la Ley del deporte, que queda redactado del siguiente modo:

«Artículo 142.

Los miembros del Tribunal Catalán del Deporte son nombrados por el secretario o secretaria general del Deporte: tres miembros a propuesta del Consejo de los Ilustres Colegios de Abogados de Cataluña; dos miembros a propuesta de la Unión de Federaciones Deportivas de Cataluña, y dos miembros a propuesta del Colegio Oficial de Profesores y Licenciados de Educación Física de Cataluña.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-12-31.

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