Artículo 39. Modalidades y garantía del pago de las prestaciones.
Artículo 39 del Instrumento de Ratificación del Convenio de Seguridad Social entre España y Rumanía, hecho en Madrid el 24 de enero de 2006. · BOE-A-2008-13880
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-08-21.
Texto consolidado
1. Las Instituciones Competentes de cada una de las Partes Contratantes efectuarán los pagos que se realicen, en aplicación del presente Convenio, en la moneda oficial de su país.
2. Si se promulgasen en alguna de las Partes Contratantes disposiciones que restrinjan la transferencia de divisas, ambas Partes Contratantes adoptarán las medidas necesarias para garantizar la efectividad de los derechos derivados del presente Convenio.