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Decreto Vigente

Artículo 39.

Artículo 39 del Decreto 984/1967, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para aplicación de la Ley 60/1962, de 24 de diciembre que regula los auxilios, salvamentos, remolques, hallazgos y extracciones marítimos. · BOE-A-1967-7578

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1967-06-06.

Texto consolidado

Se procederá a la valoración de lo salvado, estándose en primer lugar a lo acordado por las partes comparecidas sobre este extremo y si no compareciesen todas o no se llega a un acuerdo se procederá a la tasación de los efectos de que se trate mediante el oportuno peritaje a cuenta de la parte que solicite tal diligencia. En el caso de que constituya remolque, no será necesaria dicha valoración.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1967-06-06.

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