Artículo 39.
Artículo 39 del Decreto 424/1963, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto Orgánico de la profesión de Gestor Administrativo. · BOE-A-1963-5030
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1973-02-06.
Texto consolidado
Los Colegios actuarán por medio de:
a) La Junta General de colegiados.
c) La Comisión Permanente.
d) Las Delegaciones colegiales.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-1973-61.