Artículo 388 unquadragies. Sujetos pasivos.
Artículo 388 unquadragies de la Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el Régimen Específico de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. · BOE-A-1999-2944
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-01-01.
Texto consolidado
Serán sujetos pasivos de la presente tasa las personas físicas y jurídicas, públicas o privadas, y las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria, a las cuales se prestan los servicios previstos en el hecho imponible.#ddunica
Téngase en cuenta que estos artículos ya fueron derogados por el Decreto-ley 7/2012, de 15 de junio. Ref. BOIB-i-2012-90030
Se deroga por la disposición derogatoria única.3 del Decreto-ley 7/2012, de 15 de junio. Ref. BOIB-i-2012-90030
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 4 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2015-1059.