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Real Decreto Derogada

Artículo 38. Asistencia jurídica.

Artículo 38 del Real Decreto 1418/2006, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal de Evaluación de las Políticas Públicas y la Calidad de los Servicios. · BOE-A-2006-21902

Atención: Real Decreto 1418/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La asistencia jurídica de la Agencia de Evaluación de las Políticas Públicas y la Calidad de los Servicios, consistente en el asesoramiento jurídico y en la representación y defensa en juicio, se encomienda a la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado, en los términos del artículo 1 de la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-12-15.

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