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Real Decreto Vigente

Artículo 38. Control económico y financiero.

Artículo 38 del Real Decreto 1044/2013, de 27 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad Pública Empresarial ADIF-Alta Velocidad. · BOE-A-2013-13727

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-12-31.

Texto consolidado

Sin perjuicio de las competencias de fiscalización atribuidas al Tribunal de Cuentas por su Ley Orgánica y por las demás normas que regulan sus competencias, ADIF-Alta Velocidad estará sometida a control económico financiero por la Intervención General de la Administración del Estado, en los términos previstos en la Ley 47/2003, del 26 de noviembre, General Presupuestaria. El control financiero permanente se realizará, a través de la Intervención Delegada en la Entidad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-12-31.

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