Artículo 38. Procedimiento de declaración de liquidación de operaciones de inversión y cumplimentación del impreso de declaración de liquidación.
Artículo 38 de la Orden de 28 de mayo de 2001, por la que se establecen los procedimientos aplicables para las declaraciones de inversiones exteriores y su liquidación, así como los procedimientos para la presentación de memorias anuales y de expedientes de autorización. · BOE-A-2001-10570
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-07-01.
Texto consolidado
1. En caso de que se proceda a la liquidación total o parcial de una inversión española de las reguladas en este capítulo deberá presentarse por el titular declaración de la liquidación en el modelo impreso D-5B debidamente cumplimentado de acuerdo con las reglas establecidas en los artículos 36 y 37 anteriores.
Deberá presentarse un impreso por cada titular de la operación de liquidación en una misma empresa extranjera.
2. En los supuestos de transmisiones entre residentes se cumplimentará un modelo impreso D-5A por el adquirente y un modelo impreso D-5B por el transmitente.
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