Artículo 38. Objeto.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-10-25.
Texto consolidado
Los productores independientes que reúnan los requisitos generales para obtener la condición de beneficiario establecidas en el artículo 13 de esta Orden, y los particulares establecidos para las ayudas a la producción en el artículo 22.2 del Real Decreto 2062/2008, de 12 de diciembre, podrán acceder a las ayudas para la producción de largometrajes sobre proyecto previstas en el artículo 20.1.b) del Real Decreto 2062/2008, de 12 de diciembre, destinadas a proyectos que posean un especial valor cinematográfico, cultural o social; proyectos de carácter documental o experimental y proyectos que incorporen a nuevos realizadores.
Más artículos de Orden CUL/2834/2009
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- Ver la norma completa: Orden CUL/2834/2009, de 19 de octubre, por la que se dictan normas de aplicación del Real Decreto 2062/2008, de 12 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, en las materias de reconocimiento del coste de una película e inversión del productor, establecimiento de las bases reguladoras de las ayudas estatales y estructura del Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales.