Artículo 38. Beneficios fiscales.
Artículo 38 de la Ley Foral 9/1994, de 21 de junio, reguladora del régimen fiscal de las cooperativas. · BOE-A-1994-19853
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-01-01.
Texto consolidado
Gozarán de los beneficios fiscales contemplados en el número 1 del artículo 27 que les sean aplicables por su naturaleza y actividades.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2004-1077.