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Ley Vigente

Artículo 38. Los Organismos multilaterales de desarrollo (OMUDES) no financieros y las entidades que los representan en el ámbito de las Illes Balears.

Artículo 38 de la Ley 8/2023, de 27 de marzo, de cooperación para la transformación global. · BOE-A-2023-13802

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-31.

Texto consolidado

Los organismos multilaterales de desarrollo (OMUDES) no financieros, mediante sus unidades territoriales en los países y territorios objeto de actuaciones de cooperación, permiten y facilitan en determinados contextos el trabajo multiactor con las autoridades y los otros agentes sociales del país.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-03-31.

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