Artículo 38. Marco de la gobernanza de las tecnologías cloud.
Artículo 38 de la Ley 7/2023, de 23 de febrero, de medidas para la implantación y desarrollo en Aragón de tecnologías en la nube (tecnologías cloud). · BOE-A-2023-7736
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-14.
Texto consolidado
1. La entidad Aragonesa de Servicios Telemáticos establecerá el marco de la gobernanza idónea para la aplicación y desarrollo de las tecnologías cloud del sector público autonómico, al que podrán adherirse el resto de las Administraciones públicas de Aragón.
2. La ubicación en la nube pública se realizará siempre generando ubicaciones propias (landing zones), como entorno seguro donde desarrollar los servicios al sector público autonómico, en las cuales se establecerán los parámetros de gobernanza necesarios.
3. Aragonesa de Servicios Telemáticos promoverá la creación de entornos de pruebas seguros (sandbox) para tecnologías cloud que potencien la innovación, la colaboración entre proveedores y usuarios y la compartición de experiencias innovadoras, generando comunidad.