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Ley Vigente 5 redacciones

Artículo 38. La calificación administrativa.

Artículo 38 de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, de la Vivienda de la Región de Murcia. · BOE-A-2015-4747

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-06-02.

Texto consolidado

La calificación administrativa que se dicte con carácter definitivo acreditará que una vivienda de promoción pública o social cumple las condiciones establecidas en la normativa reguladora de las mismas y, en consecuencia, es apta para ser destinada a residencia. Para habitar una vivienda es necesario haber obtenido previamente dicha acreditación.

Se modifica por el art. 1.13 del Decreto-ley 10/2020, de 8 de octubre. Ref. BORM-s-2020-90407#a1

Se suprime por el art. 3.3 del Decreto-ley 3/2020, de 23 de abril. Ref. BORM-s-2020-90126#a3

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-06-02.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 5 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2022-11317.

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