Artículo 38. Clases y régimen jurídico.
Artículo 38 de la Ley 5/2005, de 14 de junio, de Ordenación del Sistema Universitario de Aragón. · BOE-A-2005-14406
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-06-25.
Texto consolidado
1. El personal de administración y servicios estará formado por personal funcionario de las escalas de la universidad y por personal laboral contratado por la propia universidad. Igualmente se considerará que forma parte del personal de administración y servicios el personal funcionario perteneciente a los cuerpos y escalas de otras Administraciones públicas que prestan servicio en la universidad.
2. El personal funcionario se regirá por la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y por lo regulado en esta Ley así como por las disposiciones de desarrollo y por los Estatutos de la universidad. El personal laboral, además de las normas mencionadas, se regirá por la legislación laboral y por los convenios colectivos aplicables.