Artículo 38. Plataformas de emisión de informes sectoriales.
Artículo 38 de la Ley 4/2022, de 27 de julio, de racionalización y simplificación administrativa de Extremadura. · BOE-A-2022-13598
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-07-29.
Texto consolidado
Los informes sectoriales que hayan de emitir los órganos o entidades del sector público autonómico en cualesquiera procedimientos de su competencia se solicitarán y remitirán electrónicamente a través de aquellas plataformas de emisión de informes sectoriales que se habiliten o, si están dotadas de una funcionalidad equivalente, de otras plataformas o servicios generales de administración electrónica existentes o que puedan desarrollarse para el conjunto del sector público autonómico procurando la interoperabilidad de las mismas.