Artículo 38. Reglamento de régimen interior.
Artículo 38 de la Ley 3/2015, de 2 de abril, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2015-4548
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-09.
Texto consolidado
1. El consejo se regirá por un reglamento de régimen interior que se someterá a aprobación de la conselleria que ostente las competencias en materia de comercio, a propuesta del propio consejo.
2. En el reglamento de régimen interior se establecerán, entre otros extremos, las normas de elección, funcionamiento, y organización de los órganos colegiados y de gobierno.