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Ley Vigente

Artículo 38. Competencia para imponer sanciones.

Artículo 38 de la Ley 21/2014, de 29 de diciembre, del protectorado de las fundaciones y de verificación de la actividad de las asociaciones declaradas de utilidad pública. · BOE-A-2015-472

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-01-01.

Texto consolidado

Los órganos competentes para imponer las sanciones establecidas por la presente ley son los siguientes:

a) El consejero del departamento competente en materia de fundaciones y asociaciones, si se trata de infracciones muy graves.

b) El director general competente en materia de fundaciones y asociaciones, si se trata de infracciones graves y leves.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2016-01-01.

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