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Ley Vigente

Artículo 38. Copias y reproducciones.

Artículo 38 de la Ley 2/2014, de 8 de mayo, de Museos de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2014-10665

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-06-17.

Texto consolidado

1. La realización de copias y reproducciones a partir de moldes, o mediante soporte digital, fotografías, películas, videos, copias pictóricas o por cualquier procedimiento, de fondos de una institución museística de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha se orientará al cumplimiento de los objetivos de investigación, estudio y difusión cultural, salvaguardando los derechos de propiedad intelectual de los autores o titulares de los mismos, y garantizando la debida conservación de las obras, y el normal desarrollo de la actividad en los centros.

2. En las copias obtenidas constará esta condición de manera visible, así como su procedencia, y en ningún caso serán copias exactas del original.

3. La realización de copias y reproducciones con fines lucrativos será objeto de desarrollo reglamentario para salvaguardar los intereses de la Administración Regional.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-06-17.

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