Artículo 38. Copias y reproducciones.
Artículo 38 de la Ley 2/2014, de 8 de mayo, de Museos de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2014-10665
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-06-17.
Texto consolidado
1. La realización de copias y reproducciones a partir de moldes, o mediante soporte digital, fotografías, películas, videos, copias pictóricas o por cualquier procedimiento, de fondos de una institución museística de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha se orientará al cumplimiento de los objetivos de investigación, estudio y difusión cultural, salvaguardando los derechos de propiedad intelectual de los autores o titulares de los mismos, y garantizando la debida conservación de las obras, y el normal desarrollo de la actividad en los centros.
2. En las copias obtenidas constará esta condición de manera visible, así como su procedencia, y en ningún caso serán copias exactas del original.
3. La realización de copias y reproducciones con fines lucrativos será objeto de desarrollo reglamentario para salvaguardar los intereses de la Administración Regional.