Artículo 38. Las selecciones deportivas de la Comunitat Valenciana.
Artículo 38 de la Ley 2/2011, de 22 de marzo, del deporte y la actividad física de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2011-6874
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-03-25.
Texto consolidado
1. Las selecciones deportivas de la Comunitat Valenciana, junto con los deportistas y los clubes de élite, son el máximo referente del deporte autonómico. Representan a la Comunitat Valenciana en todas las competiciones nacionales e internacionales, cuando así proceda, sin perjuicio de las competencias que al efecto establece la legislación estatal.
2. La convocatoria, preparación y dirección de las selecciones deportivas de la Comunitat Valenciana será competencia de las federaciones deportivas, que actuarán de acuerdo con los principios de objetividad y mérito deportivo.
3. La asistencia a las convocatorias de las selecciones deportivas autonómicas para la participación en competiciones o la preparación de las mismas será obligatoria.
4. Las administraciones públicas podrán prestar ayudas y apoyos para el cumplimiento de los fines propuestos.