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Ley Derogada 2 redacciones

Artículo 38. Competencia.

Artículo 38 de la Ley 11/2014, de 10 de octubre, para garantizar los derechos de lesbianas, gays, bisexuales, transgéneros e intersexuales y para erradicar la homofobia, la bifobia y la transfobia. · BOE-A-2014-11990

Atención: Ley 11/2014 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. La competencia para incoar e instruir los expedientes administrativos en virtud del régimen sancionador de esta ley, y para imponer las subsiguientes sanciones, corresponde al Organismo de Protección y Promoción de la Igualdad de Trato y la No Discriminación, sin perjuicio de la competencia del Ayuntamiento de Barcelona en esta materia.

2. El Síndic de Greuges puede instar al órgano competente para imponer sanciones a incoar los expedientes por incumplimiento de la presente ley por causa de acción u omisión de las administraciones públicas.#da-2

Téngase en cuenta para su aplicación la disposición transitoria 2 de la citada ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-01-31.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 19/2020, de 30 de diciembre, de igualdad de trato y no discriminación..

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